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Cesantías ¿Qué son, quién las paga y cuál es el plazo?

Por: Cristina Urrego Henao
Marketing Analyst – AXCES

Las Cesantías son un tipo de ahorro al que toda persona que tenga un contrato laboral vigente tiene derecho. Entre los beneficios que otorga esta prestación social se destaca que en situación de desempleo, se pueden utilizar esos fondos como forma para subsistir mientras se encuentra un nuevo empleo.

¿Quién paga las Cesantías?

El empleador debe consignar a un fondo de cesantías un mes de salario, por año trabajado. O si el trabajador lleva menos de un año, el pago debe ser proporcional a los meses laborados.

¿Cómo se calculan?

Salario mensual de base X número de días trabajados / 360
Ejemplo
Salario mensual: 2.000.000
Días trabajados: 360 (12 meses)
Total: (2.000.000 X 360) / 360 = 2.000.000

• Las empresas tienen legalmente una fecha límite para consignar en los fondos el pago de las cesantías. En 2023 el plazo es hasta el 14 de febrero.
• El empleador no está obligado a reconocer las Cesantías si se tiene un salario integral o un contrato laboral por prestación de servicios.

¿Cuándo se puede hacer uso de las Cesantías?

La ley permite el uso y retiro para:

  • Adquisición, mejora o remodelación de vivienda.
  • Pago de matrículas educativas propias, de cónyuge o hijos.
  • Pago de impuesto predial.
  • En caso de desempleo se pueden hacer retiros parciales o totales del ahorro

Dato: de acuerdo con la Superintendencia Financiera de Colombia, el 35% de los retiros de las cesantías corresponde a terminación del contrato de trabajo y el 65% restante a las demás causales de ley.

Intereses a las Cesantías

Este es un valor que recibe directamente el empleado, derivado del valor de las Cesantías acumulado al 31 de diciembre y corresponde al 12% de valor total de las cesantías.

En este caso, el empleador, tiene plazo de consignar el pago de intereses a las Cesantías hasta el 31 de enero de cada año

¿Cómo se calculan los intereses a las Cesantías?

Cesantías X días trabajados X 360 X 0,12 / 360
Salario mensual: 2.000.000
Días trabajados: 360 días (12 meses)
Total: (2.000.000 X 360 X 0.12) / 360: 240.000

Sanciones por incumplimiento de pago por parte del empleador

Las empresas o empleadores que incumplan las fechas de pago de cesantías, deberán pagar una multa de un día de salario del empleado por cada día de retraso.

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